Dominios .cat
Los dominios .cat son dominios genéricos restrictivos, es decir, aunque cualquier persona puede solicitar un dominio .cat, estos solo se otorgan a aquellas solicitudes que cumplan la normativa vigente.
Normativa del registro
Con el objetivo de cumplir la normativa del registro se puede tramitar la aprobación por varios métodos:
- Registro mediante cumplimiento de la normativa
- Contenido web: Debemos disponer de una página ya operativo el cual disponga de contenidos en catalán, si bien no es necesario que la página web este exclusivamente publicada en catalán. En el caso de acogerse a este tipo de registro, es necesario indicar la URL actual de nuestra página web en el formulario de registro.
- Mediante Sponsor: Si en la actualidad no disponemos de un sitio web con contenidos en catalán, podemos acogernos al registro mediante sponsor. En este caso nuestra solicitud de registro debe venir apoyada por una persona física o jurídica que obtuviese el registro de dominio durante las fases 1ª o 3ª. En el caso de tratarse de un sponsor de la 1ª fase, deberemos especificar el correo electrónico de la persona o empresa que nos va a sponsorizar. En el caso de tratarse de un sponsor de la 3ª etapa deberemos indicar la dirección de correo electrónico de por lo menos tres personas o entidades que obtuviesen el registro de dominio durante la 3ª etapa.
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Registro con Post-validación.
Es posible registrar un dominio .CAT asumiendo el compromiso de publicar una página web asociada al dominio .CAT en un plazo inferior a 6 meses.
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Registro defensivo.
En el caso de que una entidad con una marca registrada no tenga contenidos en línea, y no disponga de la posibilidad de tenerlos o disponer de sponsors, puede solicitar el registro defensivo, el cual no es un registro tradicional, sino que se reserva el dominio para el solicitante evitando que sea registrado por otra persona o entidad. El coste de este servicio es de 600 €.